Cuotas Moderadoras y Copagos 2024

De acuerdo con la Circular Externa 55 de diciembre 30 de 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social, el Articulo 49 de la Ley 1955 del 2019, el Decreto 1652 de 2022 y demás normas vigentes sobre la materia, EPS SURA informa que a partir del 03 de enero de 2024 ajusta el cálculo del valor de las Cuotas Moderadoras y Copagos con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT).

Cobros para afiliados al régimen contributivo

Cobros para afiliados al régimen subsidiado

En el Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud no se cobran cuotas moderadoras.

Para la aplicación de Copagos en el Régimen Subsidiado se establecen los grupos de corte Sisbén Metodología IV así: el Nivel 1 corresponde a los grupos A1 a B7 y el nivel 2 a los grupos C1 a C18. Por lo tanto, los afiliados del Régimen Subsidiado clasificados en el Nivel II del Sisbén conforme la metodologia IV deberán cancelar los respectivos copagos para los servicios que se encuentren dentro del Plan de Beneficios en Salud y que se indican a continuación.

Así mismo, las personas clasificadas en el Nivel II del SISBÉN deberán cancelar Cuota de Recuperación a los prestadores de servicios de salud por la atención de servicios no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 2.4.20 del Decreto 780 de 2016.

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